4. Dicho en otras palabras, “el Derecho penal internacional regula la cuestión de si están igualmente sometidos al poder punitivo propio aquellos hechos que evidencian un impacto internacional en atención a la nacionalidad del autor, a la del ofendido o por el país extranjero en que aquellos se comete”5. https://beckettowwvd.vidublog.com/27725888/the-greatest-guide-to-derecho-penal-internacional